Convocatorias de Pleno (orden del día)
En cumplimiento con lo dispuesto en:
- Artículo 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
- Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales
junto con el análisis de la normativa de transparencia aplicable al desarrollo y funcionamiento de los órganos locales contemplada en:
- Artículo 6.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
- Artículo 12.1 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón
El orden del día de las sesiones será fijado por la Alcaldía o Presidencia y con la asistencia de la Secretaría. Asimismo, se podrá recabar la asistencia de los miembros de la Junta de Gobierno Local y, donde ésta no exista, de los Tenientes de Alcaldía, y consultar, si se estima oportuno, a los portavoces de los grupos políticos existentes en la Corporación. En el orden del día sólo pueden incluirse los asuntos que hayan sido previamente dictaminados, informados o sometidos a consulta de la Comisión Informativa que corresponda.
Actualmente este apartado se encuentra en proceso de elaboración, pendiente de su publicación.
* El contenido de los documentos ha sido sometido a un proceso de seudonimización de datos en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento Europeo de Protección de Datos (2016/679).